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El seguro catastrófico te protege a ti y a tu familia frente a enfermedades de alto costo y reembolsa, una vez que haya operado tu sistema de salud previsional, hasta el 100% de los gastos médicos, hospitalarios y ambulatorios efectivamente incurridos en Clínica Santa María asociados a un evento cubierto por la póliza, con un tope máximo por evento de hasta UF 30.000

El plazo máximo de un evento será 3 años, por lo que si se prolonga más allá, será considerado como un nuevo evento, reinstalándose el deducible y monto máximo de reembolso por una vez más.

 

- Cobertura para enfermedades o accidentes de alto costo 

Edad máxima de cobertura 99 años y 364 días.

- Tiene tres tipos de planes con diferentes topes máximos:

  • Plan Capital  UF 30.000

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- Deducible UF 50.

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- Adicionales:

   •Exoneración pago de prima.

   •Beneficio adicional ambulatorio 25%

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- Cubre a todo el grupo familiar, los tuyos, los míos, los nuestros.

- Considera un límite máximo de reembolso por evento

- Incluye un deducible (copago a cargo del asegurado)

- Renovación automática una vez cumplido 1 año de contrato

- Carencia de 30 días para enfermedades, accidente sin carencia.

- El pagador debe ser mayor de 18 años.

- Cuando el Titular cumpla 70 años, el tope de capital será de UF 5.000 por evento y el deducible aumentará a UF 150, 250 y 350 según tramo de edades.

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  • Compatible con todas las Isapres o Fonasa

  • Cobertura hasta en un 100% después de su sistema de salud.

  • Cobertura en el extranjero 50%

  • Deducible 0 UF  para 7 patologías: sólo al primer Evento. Si existe otro evento se aplica el deducible de 50 Uf.
    • Cáncer

    • Infarto al miocardio

    • Accidente cerebral encefálico

    • Insuficiencia renal crónica

    • Angioplastía, injerto aórtico, cirugía de las válvulas cardíacas

    • Trasplante de órganos

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  • No cubre gastos médicos originados por enfermedades y accidentes preexistentes.

  • No cubre complicaciones del embarazo de las hijas del asegurado titular, ni de las hijas de su cónyuge o pareja.

  • Carencia 60 días contados desde la vigencia del asegurado en la póliza, rige sólo para enfermedades y no para accidentes.

  • Exclusivo para prestaciones en Clínica Santa María.

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